27/1/09

Sobre el borrador de CONVOCATORIA OPOSICIONES INGLÉS PRIMARIA 0809

Sobre el borrador DE CONVOCATORIA OPOSICIONES PRIMARIA ANDALUCÍA 0809:

Dice:

"1.4. Criterios de distribución del personal aspirante a los tribunales.
La Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos realizará
la distribución del personal aspirante de cada especialidad en proporción al número de tribunales, respetando, siempre que sea posible, la provincia que el citado personal haya consignado en la solicitud de participación."


Es decir, que te mandan a donde les convenga para equilibrar que no haya demasiados interinos en el mismo tribunal; ya lo han hecho en secundaria este 2008. No pasa nada, no hay que asustarse.

"2.2. Requisitos y condiciones específicas para participar por el turno de reserva de discapacidad.
2.2.1. Quienes participen por el turno de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales, deberán presentar certificación en vigor, del órgano competente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía o del correspondiente órgano estatal o autonómico, en la que conste que se tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33 % o, en su caso, Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se le declara la incapacidad permanente en grado total, de conformidad con lo previsto en el apartado 2.3. de esta Base. Dicha documentación se aportará junto con la solicitud de participación."


Ya sabéis que hay 75 plazas reservadas para este colectivo; si alguno tiene esta condición, TIENE QUE APROVECHARLA! Quizás diera tiempo a revisar el grado de discapacidad a alguno que tenga por alguna razón un grado cercano pero no igual o superior al 33%

De las solicitudes, dice que se puede hacer online y esas cosas. No sé, no sé... No me asustan las nntt pero...

Los interinos, obligados a presentarse!Si eres interino aquí y te vas a otra comunidad a presentarte, tienes que traer un certificado del Tribunal.

Por su importancia:

3.2.5. Documentación acreditativa que debe adjuntarse con la solicitud.
"3.2.5.1. Para el personal aspirante de nacionalidad española.
- Una fotocopia del documento nacional de identidad en vigor ....
- El ejemplar para la Administración del documento 046...
- La unidad didáctica, en los casos de que se haya optado por la emisión de un informe sustitutivo de la parte B2) de la prueba del procedimiento electivo. Para el personal incluido en el apartado 3.2.4., además, el certificado, según Anexo VII, de que reúne los requisitos para la emisión del citado informe de la Administración donde presta servicio."

3.6. Méritos.
Lugar y plazo de presentación.
Los méritos se entregarán por el personal participante al tribunal al que resulte adscrito el día del acto de presentación, de acuerdo con lo establecido en el apartado 7.3.

Para certificar la experiencia docente en centros privados, un poco jodido porque tienes que pedir el certificado al Director/a y quizás no le guste mucho saber que te quieres ir. Si llevas muy poco tiempo en ese centro, quizás te convenga valorar si merece la pena enseñar tus cartas.

3.6.2. Formación académica y permanente.

Habla de nota de expediente de la carrera en base a 10 y en base a 4; si tu certificado tiene ambas, quizás una te interese más que la otra... (Un abrazo a Vanessilla)

"En relación con el apartado 2.5. del baremo, referido a la formación
permanente, los cursos de formación y perfeccionamiento que se aleguen deberán haberse convocados u organizados por las Administraciones educativas, Universidades públicas o privadas competentes para expedir titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, los Centros de Profesorado (CEPS) y los Institutos de Ciencias de la Educación (ICES), así como los impartidos por entidades sin ánimo de lucro, que hayan sido inscritos en el registro de Actividades de Formación Permanente de las distintas Administraciones educativas o, en su caso,
debidamente homologados por estas Administraciones.
Todos los cursos deberán reflejar inexcusablemente el número de horas o, en su caso, el número de créditos de que consta, entendiéndose que un crédito equivale a diez horas y se acreditarán del modo indicado en el baremo. No se tendrán en cuenta los cursos en cuyos certificados no se indique expresamente el total de horas impartidas, aunque aparezcan en los mismos los días o meses en los que se hayan realizado."


5.1. Tribunales y comisiones de selección.

Si alguien conoce a un preparador que aparezca en su momento como miembro de un Tribunal, tiene la obligación moral de ponerlo en conocimiento de la Administración (eso lo digo yo, no la Orden).

5.10. Comisiones de elaboración de informes y comisiones de baremación.
Las comisiones de elaboración de informes a que se refiere el apartado 8.2.B.2) y las de baremación a que se refiere el apartado 8.5, estarán compuestas por personal funcionario de carrera en activo de los cuerpos docentes, de igual o superior grupo de clasificación que el que corresponde al cuerpo al que opta el personal aspirante, designado por la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.


Éstos son los que verán vuestras unidades para informe (interinos) y harán baremación.

Y AHORA....... EL PROCESO RESUMIDO:

El procedimiento selectivo, segunda quincena de junio

7.2. Presentación de la unidad didáctica del personal que opte por la emisión del informe.
El personal que haya optado por la emisión de informe en la solicitud de
participación en este procedimiento vendrá obligado a presentar el desarrollo de una unidad didáctica en el plazo establecido en el apartado 3.4.
(20 días desde que salga la convocatoria, OJOOOOOOO)

Acto de presentación: La programación y los méritos!

El apartado 8.2 merece que lo leais en el original y no llenar esto demasiado. Leedlo con atención. Dice que el acto de presentación es "personalísimo". Eso suena a sitio de mal ambiente!! ¿No sería suficiente "personal"? Ay!!

Pero esto sí lo copio:

Dicha programación tendrá una extensión máxima, sin incluir anexos, portada y contraportada, de 50 folios para todas las especialidades, salvo para Primaria que no podrá exceder de 70 folios, en formato DIN-A4, escritos a una sola cara, interlineado sencillo, y con letra tipo “Times New Roman”, o similar, de 12 puntos, sin comprimir.
Deberá contener un mínimo de 15 unidades didácticas, que deberán ir relacionadas y numeradas en un índice. La portada incluirá los datos de identificación del personal aspirante y la especialidad.

Pues eso que hemos ganado; ahora sí tenemos permiso para escribir a espacio sencillo (antes era standard y nadie sabía lo que era). 30' para defenderla.

OJOOOOOOOOOOOOOOOOOO!!!!!!

"El currículo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la Educación Infantil se encuentra regulado por el Decreto 428/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil en Andalucía y para la Educación Primaria, por el Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía y Decreto 105/1992, de 9 de junio, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía."

Incluye el 105/92 porque dice vigente (ahora mismo sí, en 09/10, no).

OJO A LOS INTERINOS CON UNIDAD PARA INFORME:

"Esta parte de la prueba se podrá sustituir por un informe, cuando así lo haya
indicado en la solicitud el personal aspirante, en el que se valoren los conocimientos de dicho personal acerca de la unidad didáctica y cuando cumpla los siguientes requisitos:
a) Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo como personal interino o sustituto del Cuerpo de Maestros a la entrada en vigor de la presente Orden.
b) Estar prestando servicios, como personal interino o sustituto, durante el
presente curso académico, de forma ininterrumpida, al menos desde el día 1 de octubre de 2008 y hasta la entrada en vigor de la presente Orden. La prestación del servicio habrá de referirse a centros públicos de esta Administración educativa o de cualquier otra con competencias plenas en materia de educación.
Se entenderá, asimismo, que cumple ambos requisitos el personal interino que, por haberse acogido a situaciones amparadas por la normativa vigente, no se encuentre ocupando la plaza adjudicada en el referido curso 2008/2009 y siga formando parte de la bolsa de interinos."

QUÉ INCLUYE LA UNIDAD PARA EL INFORME:

El informe versará sobre los conocimientos del personal aspirante acerca de la unidad didáctica. Deberá acreditarse la concreción de los objetivos de aprendizaje que se han perseguido en la unidad, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantean en el aula y su procedimiento de evaluación, así como la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
La unidad didáctica, que se deberá presentar en el plazo establecido en el
apartado 3.4., constará de un máximo de 10 folios, incluidos los anexos, pero no la portada y la contraportada, y con las características formales exigidas para la programación didáctica. Dicha unidad didáctica será una de las que consten en la programación que en su momento se presente ante el tribunal.

ESTE ES MI RESUMEN, QUE INTENTA SÓLO ABREVIAR Y FACILITAR, Y NO VINCULA A NADA, NI ME HACE RESPONSABLE DE NADA, PUES LO HAGO CON LA ÚNICA INTENCIÓN DE QUE OS SEA MÁS AMENA LA LECTURA DE ESTE DOCUMENTO.

ÁNIMO Y MUCHO ESTUDIO, MUCHO TRABAJO. NO CABE OTRA COSA!

JLORTEGA

Convocatoria 2009 Primaria

Ya tenemos aquí un borrador de la convocatoria.

Se confirman 1500 plazas.

Estoy intentando poner un enlace a un archivo con un resumen que he preparado pero ...

Saludos

JLOrtega

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